Oficina Virtual de Denuncias Oficina Virtual De Denuncias Oficina Virtual de Denuncias

Bienvenido al "Servicio de Denuncias a trav�s de Internet del Cuerpo Nacional de Polic�a"

HECHOS NO DENUNCIABLES A TRAV�S DE LA OFICINA VIRTUAL DE DENUNCIAS DEL CUERPO NACIONAL DE POLIC�A

� Si el hecho que pretende denunciar se ha producido con VIOLENCIA FIS�CA O INTIMIDACI�N.

� Si el AUTOR/ES del hecho es o son CONOCIDO/S o podr�a reconocerlo/s f�sicamente.

� Si tiene constancia de la existencia de TESTIGO/S que pudieran haber presenciado el delito.

� Si es MENOR DE EDAD.

� Si el delito se est� cometiendo de manera "IN FRAGANTI" en ese momento, lo debe comunicar de inmediato a trav�s de los n�meros de tel�fonos: 091 o 112.

*Tampoco puede denunciar a trav�s de este medio aquellos hechos de NATURALEZA VIOLENTA O SEXUAL.


LEA DETENIDAMENTE ANTES DE CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO

� El uso de este procedimiento es �nicamente v�lido para interponer denuncias ante el CUERPO NACIONAL DE POLIC�A.

� Lea detenidamente las instrucciones antes de comenzar, en cada pesta�a del formulario-denuncia encontrar� un bot�n de ayuda que le facilitar� la elaboraci�n de la denuncia.

� Siga los pasos que le indica el programa para cumplimentar su denuncia, los campos que van EN NEGRITA son campos obligatorios.

� Haga uso del bot�n de ayuda en caso de duda.

� Una vez cumplimentada la denuncia, el sistema generar� un n�mero de referencia, tome nota de este n�mero y entr�guelo en comisar�a cuando vaya a firmar su denuncia.

� Deber� proceder a firmar su denuncia en la Comisaria que usted haya designado lo antes posible y nunca m�s tarde de 72 horas.

� La denuncia carecer� de validez jur�dica si no ha sido firmada en Comisar�a por el denunciante.

� Recuerde que, en principio y salvo necesidades del servicio, las denuncias tramitadas a trav�s de Internet tienen preferencia.

AVISO LEGAL El denunciante es informado de la obligaci�n legal que tiene de decir la verdad (Art.433 de L.E.Cr.) y de la posible responsabilidad penal en la que puede incurrir en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracci�n penal o con temerario desprecio hacia la verdad (Art. 456 de C�digo Penal), simular ser responsable o v�ctima de una infracci�n penal (Art.457 de C�digo Penal), o faltar a la verdad en su testimonio (Art.458 de C�digo Penal).

Ley de Protecci�n de datos: La informaci�n personal (datos de filiaci�n) consignada al formular la denuncia por este procedimiento, solo podr� ser utilizada para las finalidades propias de la administraci�n e investigaci�n policial. El fichero al que se incorpore, est� sometido a lo establecido por la Ley Org�nica 15/1999, de 13 de diciembre sobre Protecci�n de Datos de Car�cter Personal.

*Requieren un tratamiento singularizado en Comisar�a y conllevan una atenci�n directa, inmediata, especializada y personalizada a la v�ctima.

Gracias por su colaboraci�n.